El ordenamiento territorial es conceptualizado inicialmente en la Ley 388 de 1997, como un conjunto de acciones políticas-administrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios. Posteriormente, la Ley 1454 de 2011 lo contempla como un instrumento de planificación y gestión de las entidades territoriales, en el cual participa toda la comunidad, incluyendo amplias características del territorio manteniendo un énfasis en el espacio físico.
¿Ques son los Planes de Ordenamiento Territorial -POT?
El POT contempla tanto espacios como rurales como urbanos, contiene estudios técnicos que sustentan las apuestas que en él se realizan, por este motivo se construye con una amplia participación de todos los ciudadanos. Estos planes se caracterizan por ser herramientas de planeación de largo plazo, debido a que los componentes centrales del mismo tienen una vigencia de doce años y su modificación es de carácter estricto.
Elementos a tener en cuenta en la elaboración del POT
- Normas, políticas, directrices y regulaciones relacionadas con el patrimonio cultural de la nación (Ley 1185 de 2008 – Decreto 763 de 2009 – PEMP-).
- Las relacionadas con la conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales, la prevención de amenazas y riesgos naturales (Ley 99 de 1993 – Pronunciamientos CAR – Gestión de Riesgo- Decreto 3600 de 2007-).
- Infraestructuras básicas de la red vial nacional, puertos, aeropuertos, sistemas de abastecimientos, servicios públicos, etc. (Ministerio de Transporte, Invías, Aerocivil, DIMAR, Ministerio de Minas).